La prestación del referido servicio ofreciendo un conjunto de atenciones a personas, o unidades de convivencia, en su domicilio, desde una perspectiva integral y normalizadora para facilitar su desarrollo y la permanenci…
a en su medio habitual regulado según la Orden de 22 de enero de 2009. No se entregarán bienes, material ni equipo ninguno por parte del Ayuntamiento. No existe modificación respeto de la forma (gestión indirecta) en que se presta en estos momentos el servicio, con el que de hecho no sería necesario
justificarla. No obstante, respeto del art. 29 de la Ley 13/2008 no se conocen entidades sin ánimo de lucro que presten en estos momentos servicio de estas características y con el dimensionamiento del actual. Respeto del régimen de concie